viernes, 17 de junio de 2011

Los actos del penitente. La contrición.

Las partes esenciales del sacramento de la Penitencia son: la confesión, la contrición y la satisfacción, que se refieren al penitente; y la absolución, que se refiere al sacerdote.

El dolor de los pecados es un verdadero y sincero pesar de haber ofendido a Dios, unido al propósito de no pecar en adelante.

Este dolor es el primer acto esencial e indispensable para obtener el perdón de los pecados.

Este dolor es de dos maneras: perfecto o de contrición, e imperfecto o de atrición.

Dolor de contrición es el pesar de los pecados cometidos, porque son ofensa a Dios, infinitamente bueno y digno de ser amado sobre todas las cosas.

Dolor de atrición es el pesar de haber ofendido a Dios por el temor de los castigos merecidos en esta o en la otra vida, o bien por la fealdad del pecado.

Para que el dolor sea bueno ha de tener cuatro condiciones: 1) ha de ser de interno, esto es, ha de venir del corazón, y radicar en la voluntad y no en las solas palabras; 2) ha de ser sobrenatural, esto es, ha de ser excitado en nosotros por la gracia de Dios y con la consideración de los motivos que nos sugiere la fe; 3) ha de ser sumo, es decir, que nos haga detestar el pecado más que otro mal cualquiera; 4) ha de ser universal, esto es, ha de extenderse a todos los pecados mortales cometidos sin exceptuar uno solo.

El propósito de enmienda es la voluntad resuelta de no pecar y de huir de las ocasiones de pecar.

Para que el propósito sea bueno ha de tener cuatro cualidades: 1) ha de ser absoluto, esto es, ha de consistir en la firme voluntad de no pecar más. No basta, pues, una resolución indecisa o vacilante, ni tampoco la resolución de abandonar el pecado bajo alguna condición; 2) ha de ser universal, es decir, que se extienda a todos los pecados mortales; 3) ha de ser eficaz, lo cual quiere decir que se pongan los medios conducentes a la enmienda.

Los principales motivos sobrenaturales de nuestro arrepentimiento son:

-la bondad infinita de Dios, ofendida por el pecado

-la pasión y muerte de Jesucristo

-el infierno merecido y el cielo perdido.

El dolor de los pecados debe preceder a la absolución que da el sacerdote, pero no es necesario que sea próxima a ella y así vale el dolor que se tuvo y no se retractó cuando se preparó uno para confesarse aunque se el día anterior.

Como muchas personas se angustian pensando si habrán tenido dolor verdadero en sus confesiones, han de tener presente que toda persona que sea de conciencia delicada, si quiere tener dolor, o si siente no tenerlo y lo procura, tiene ya dolor aunque no lo sienta.

Asimismo tampoco es señal absoluta de no haber tenido dolor ni propósito el recaer en los pecados sino que hay que ver en cada caso, porque las recaídas pueden depender de otras causas, aún habiendo tenido el penitente dolor y sincero deseo y propósito de no pecar.

Ejemplos bíblicos: Contrición del publicano del Evangelio (S. Lucas XVIII, 13). Sincero arrepentimiento de Magdalena (S. Lucas VII, 37-50). Dolor de San Pedro después de su negación (S. Lucas XXII, 61-62).

(1939).

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