jueves, 16 de junio de 2011

El sacramento de la Penitencia (II).

Es necesario insistir en la institución divina del sacramento de la penitencia y en la permanencia en la Iglesia del poder otorgado por Jesucristo a los apóstoles. La razón es clara ya que Jesucristo instituyó los sacramentos para todos los hombres y para todos los tiempos.

Tenemos tres pruebas convincentes de que la ley de la confesión fue impuesta por Jesucristo al instituir este sacramento; las palabras del Salvador, como constan en el Evangelio, la enseñanza unánime de la Tradición y la práctica universal de la Iglesia, a las que hay que añadir el testimonio de nuestra misma razón y del buen sentido.

Las palabras de Jesucristo al conferir esta potestad a los apóstoles y a sus sucesores nos dan a entender que la Iglesia debe ejercer dicha potestad a modo de juicio. Modo judicial quiere decir que atendiendo el juez, que aquí es el confesor, a lo que el pecador, hizo o dejó de hacer, y a las circunstancias en que cometió el pecado, dé sentencia autoritativamente de absolución, o de no absolución (atar y desatar) como lo hacen los superiores en toda sociedad bien organizada. Pero mal pueden decretar con justicia el perdón o el castigo, si no juzgan la causa con las circunstancias. De este modo lo entendieron los apóstoles, como se ve en San Pablo (2ª Cor. XIII, 10).

La Tradición. Los Santos Padres y Doctores de la Iglesia han enseñado desde los primeros tiempos de ella que no podemos esperar de Dios el perdón de nuestros pecados, si nos avergonzamos de confesarlos al sacerdote. La práctica de confesar los pecados es tan antigua como la Iglesia y es constante en todos los siglos; hasta las sectas separadas de la Iglesia en los primeros siglos observaron siempre esta práctica, probando así su remota antigüedad.

La razón y el buen sentido convencen que la confesión no puede ser invención humana. A la verdad, nadie se hubiera determinado jamás a confesarse ni esta práctica se hubiera jamás generalizado tanto, si la confesión se hubiera querido introducir en virtud de leyes humanas. Sólo una ley divina puede imponerla, y la confesión fue impuesta por una ley divina establecida por Jesucristo, promulgada por los apóstoles y conservada fielmente por la Iglesia.

Ejemplos bíblicos: David confiesa su crimen y se arrepiente de él (II Reyes XII, 1-16). La penitencia de los ninivitas aplaca a Dios y obtiene su misericordia (Jonás III, 5-10). San Juan Bautista predica penitencia (S. Mateo III, 1-8). El primer regalo de Jesucristo resucitado (S. Juan XX, 19-23). Alegría que hay en el cielo por la conversión de un pecador (S. Lucas XV, 1-10). (1939).

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