Por la palabra penitencia se entiende:
-una virtud
-el sacramento de la penitencia
-la pena o castigo con que el pecador satisface a Dios por sus pecados.
La virtud de la penitencia es el acto de aquel que habiendo pecado se vuelve arrepentido a Dios y le pide perdón.
La penitencia es un sacramento instituido por Jesucristo para perdonar los pecados cometidos después del Bautismo.
Jesucristo instituyó el sacramento de la penitencia el día de su resurrección cuando dijo a sus apóstoles: “Quedan perdonados los pecados a aquellos a quienes se los perdonareis y retenidos a los que se los retuviereis” (S. Juan XX, 23).
La materia del sacramento de la Penitencia consiste en los actos del penitente, a saber: contrición, confesión y satisfacción.
La forma del sacramento de la penitencia consiste en las palabras de la absolución: “Yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”.
El ministro ordinario del sacramento de la Penitencia es el sacerdote aprobado por su Obispo; pero en peligro de muerte todo sacerdote puede absolver válidamente.
Los efectos que produce el sacramento de la Penitencia:
-borra los pecados mortales y los veniales de que uno tiene arrepentimiento
-restituye los méritos y el derecho al cielo
-da o aumenta la gracia habitual
-concede gracias actuales para evitar los pecados confesados.
La penitencia como virtud difiere del sacramento en lo siguiente: 1º La virtud de la penitencia ha sido necesaria en todos los tiempos para obtener el perdón de los pecados; el sacramento no es necesario sino después de su institución por Nuestro Señor Jesucristo, y no produce su efecto sino respecto de los pecados cometidos después del Bautismo. 2º La virtud de la penitencia no es más que una parte del sacramento, el cual comprende además la confesión del penitente y la absolución del sacerdote. 3º La virtud de la penitencia puede existir sin el sacramento, pero el sacramento no puede existir sin la virtud.
(1939).
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