Es un sacramento que borra el pecado original, y los pecados actuales si los hay, nos hace cristianos, hijos de Dios, miembros de la Iglesia y herederos del cielo.
La materia del Bautismo es el agua natural que se derrama sobre la cabeza del bautizado. En el bautismo solemne se usa agua especialmente bendecida por el Párroco.
La forma del Bautismo consiste en estas palabras: Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
Los ministros ordinarios del Bautismo son el Párroco y el obispo; pero, en caso de necesidad cualquiera persona puede y debe bautizar.
En caso de necesidad se bautiza derramando agua sobre la cabeza del bautizando y diciendo al mismo tiempo las palabras de la forma: Yo te bautizo.
Para que el Bautismo sea válido se han de observar tres cosas:
-la misma persona debe derramar el agua y pronunciar las palabras
-debe derramarse el agua al mismo tiempo que se pronuncian las palabras
-el agua ha de tocar la piel.
Se debe bautizar a los niños lo más pronto posible para que no estén expuestos a morir sin Bautismo. Es obligación grave para los padres de familia.
Se da un padrino y una madrina al que se bautiza para que tenga unos testigos oficiales de su entrada en la Iglesia y unos padres espirituales que lo guíen.
Los padrinos contraen la obligación de cuidar de que sus ahijados sean instruidos y educados en la religión católica y de que vivan como buenos cristianos, dándoles ellos mismos buenos ejemplos.
El adulto que recibe el Bautismo debe saber y creer las principales verdades reveladas y arrepentirse de sus pecados.
El Bautismo es absolutamente necesario para salvarse; pero cuando es imposible recibir el Bautismo de agua se puede suplir el sacramento con el martirio (bautismo de sangre), o con un acto de contrición perfecta y de perfecto amor de Dios (bautismo de deseo).
El Bautismo:
-borra el pecado original, y en el adulto también los pecados actuales de que esté arrepentido
-perdona la pena eterna y temporal merecidas por los pecados
-nos hace hijos de Dios, miembros de la Iglesia y herederos de la gloria eterna
-nos habilita para recibir los demás sacramentos. (1939).
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