Perdonar los pecados es remitirlos, aniquilarlos en cuanto a la mancha y a la pena eterna, como si nunca se hubieran cometido (Isaías I, 18; XLIV, 22).
El poder de perdonar los pecados pertenece a solo Dios (Isaías XLIII, 25).
Nuestro Señor Jesucristo tiene este poder: 1º en cuanto Dios, porque es igual a su Padre; 2º en cuanto hombre, porque lo ha recibido de su Padre; 3º en cuanto Salvador, porque lo ha adquirido a costa de su sangre (S. Juan V, 19; XVII, 10; S. Mateo IX, 6; S. Juan I, 29).
Jesucristo ejerció este poder varias veces (S. Mateo IX, 2; S. Lucas VIII, 48-50).
Extensión del poder de la Iglesia. El poder de la Iglesia para perdonar los pecados no tiene límites: es absoluto y universal. Nuestro Señor Jesucristo declaró que la blasfemia contra el Espíritu Santo era irremisible (S. mateo XII, 31). Pero esto es por las malas disposiciones del pecador, que resiste obstinadamente a la gracia, y no porque tal pecado sea absolutamente irremisible, pues si el blasfemo se arrepintiese humildemente, la Iglesia podría perdonárselo como perdona todos los demás.
Cómo perdona la Iglesia los pecados. Ordinariamente la Iglesia perdona los pecados por los Sacramentos del Bautismo y Penitencia; excepcionalmente por la Extremaunción, e indirectamente por los demás sacramentos, según la opinión más común y probable.
Hechos bíblicos.
Serpiente de bronce (Núm. XXI, 7-9); penitencia de David (II Rey. XII), el leproso (S. Mateo VIII. S. Marcos I. S. Lucas V); el paralítico y la probática piscina (S. Mateo IX; S. Juan V); el hijo pródigo (S. Lucas XV); arrepentimiento de S. Pedro (S. Marcos XIV, 66-72; S. Juan XX, 15-17); el buen ladrón (S. Lucas XXIII, 40-43).
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