viernes, 10 de julio de 2009

El Sacramento y la virtud de la Penitencia, II.

“Dios pone toda su gloria en aliviar nuestra miseria y perdonarnos nuestras faltas; Dios quiere verse glorificado al manifestar su misericordia para con nosotros, a causa de las satisfacciones de su Hijo muy amado. En la eternidad cantaremos, dice San Juan, un cántico a Dios y al Cordero. ¿Cuál será ese cántico? ¿Será el Sanctus de los ángeles? Dios no perdonó a una parte de aquellos espíritus puros; desde su primera rebelión, fulminó sentencia para siempre, porque no tenían las debilidades ni las miserias que son herencia nuestra. Los ángeles fieles cantan la santidad de Dios, esa santidad que no pudo padecer ni por un solo instante la deserción de los rebeldes. ¿Cuál será nuestro cántico? El de la misericordia: Misericordias Domini, in aeternum cantabo; este versículo del Salmista será como el estribillo del cántico de amor que entonaremos a Dios. ¿Qué cantaremos al Cordero? Redemisti nos, Domine, in sanguine tuo: ¡Nos has rescatado, oh Señor, con tu sangre preciosa; fue tal la piedad que con nosotros tuviste, que derramaste tu sangre para salvarnos de nuestras miserias, para librarnos de nuestros pecados, como lo repetimos a diario, en nombre tuyo, en la Santa Misa: “He aquí el cáliz de mi sangre que ha sido redamada para remisión de los pecados”: Effundetur in remissionem peccatorum. Sí, resulta para Dios una gloria inmensa esta misericordia que usa para con los pecadores que se acogen a las satisfacciones de su Hijo Jesucristo, y por lo mismo se comprende que una de las mayores afrentas que podemos hacer a Dios es dudar de su misericordia y del perdón que nos da por medio de Jesucristo. Con todo, este perdón no se nos concede después del bautismo, sino haciendo frutos dignos de penitencia. Existe, dice el Santo Concilio de Trento, una gran diferencia entre el Bautismo y el Sacramento de la Penitencia. Verdad es que, en un adulto, requiere el bautismo odio al pecado y resolución de huir de él, pero no se exige una satisfacción ni especial reparación. Leed las ceremonias de la administración del Bautismo, no hallaréis mención alguna de obras de penitencia que haya que practicar; es una remisión total y absoluta de la falta y de la pena incurrida por la falta. ¿Por qué esto? Porque este sacramento, que es el primero que recibimos, constituye las primicias de la sangre de Jesús, comunicadas al alma. Pero, continúa el Concilio, si, después del Bautismo, una vez unidos con Jesucristo, libres de la esclavitud del pecado y hechos templos del Espíritu Santo, recaemos voluntariamente en el pecado, no podemos recuperar la gracia y la vida sino haciendo penitencia; así lo ha establecido, y no sin conveniencia, la justicia divina. Ahora bien, la penitencia puede considerarse como sacramento y como virtud que se manifiesta por actos que le son propios.
Fuente: Dom Columba Marmión, Jesucristo, vida del alma, 1927.

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